Conocé las alternativas para financiar tu emprendimiento

Conocé las alternativas para financiar tu emprendimiento

El simple hecho de emprender es un verdadero reto que pocos suelen superar. El financiamiento de un emprendimiento suele ser preocupante y complicado. Los problemas económicos son una de las principales razones por las que los emprendedores desisten de su idea de empezar un negocio propio. Sin embargo, hay muchas opciones para combatir el problema. Si tu emprendimiento requiere financiacion, te contamos sobre los mecanismos vigentes en Argentina que te permitiran conseguirla.


¿Qué es un emprendimiento?

Es cualquier actividad que hace en la Argentina una persona jurídica nueva o con menos de 7 años de existencia. La actividad puede tener como finalidad lograr ganancias económicas o no.  

 

¿Quiénes son emprendedores?

Las personas que empiezan nuevos proyectos productivos en la República Argentina o desarrollan un emprendimiento.

 

INSTITUCIONES DE CAPITAL EMPRENDEDOR

¿Qué son las instituciones de capital emprendedor?

Son las personas jurídicas, fondos o fideicomisos constituidos en el país que tienen como único fin aportar recursos propios o de terceros a un conjunto de emprendimientos. Pueden ser personas jurídicas, fondos o fideicomisos privados, públicos o mixtos.

 

¿Qué son los inversores en capital emprendedor?

  • La persona jurídica, fondo o fideicomiso que invierte recursos propios o de terceros en instituciones de capital emprendedor.
  • La persona humana que hace aportes propios a instituciones de capital emprendedor.
  • La persona humana que en forma directa hace aportes propios a emprendimientos.


REGISTRO DE INSTITUCIONES DE CAPITAL EMPRENDEDOR


¿Qué es el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor?

Es el lugar donde deben inscribirse todas las instituciones de capital emprendedor, los administradores de esas entidades y los inversores en capital emprendedor que quieren tener los beneficios que les da la ley. Las instituciones de capital emprendedor son responsables de inscribir a sus inversores. El Registro de Instituciones de Capital Emprendedor funciona en la Dirección Nacional de Capital Emprendedor del Ministerio de Producción.


¿Cuáles son los requisitos para inscribirse en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor?

  • Probar la constitución de la institución como persona jurídica o la creación del fondo o fideicomiso.
  • Probar que se hacen aportes a emprendimientos.
  • Presentar un informe con los antecedentes y probar experiencia en actividades de capital emprendedor por medio de una Propuesta de Valor.
  • Nombrar una sociedad administradora, si es necesario.
  • Presentar comprobantes de los aportes comprometidos o realizados.
  • Las personas humanas que son inversores en capital emprendedor porque hacen aportes a emprendimientos, deben probar su identidad como persona humana y presentar los comprobantes de los aportes comprometidos o realizados.
  • Todos los inversores que se quieren registrar deben estar al día con sus obligaciones impositivas y previsionales y cumplir con las normas sobre lavado de activos.
  • Deben estar inscriptos en el Registro Único del Ministerio de Producción.
  • Presentar toda la documentación requerida.


¿Con cualquier tipo de aporte a un emprendimiento es posible inscribirse en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor?

No.  Para poder inscrirbirte en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor es necesario que tu aporte pueda ser invertido en un emprendimiento en forma directa o por medio de instrumentos que puedan convertirse en su capital social. El emprendimiento debe tener las siguientes características:

  • No debe hacer oferta pública de su capital.
  • Los emprendores deben tener el control político del emprendimiento.
  • Los emprendedores deben conservar el control político del emprendimiento por un mínimo de 180 días posteriores al aporte.
  • Si el emprendimiento tiene una sociedad controlante extranjera, es necesario también que por lo menos el 50% de sus empleados tenga domicilio en el país y que cumpla con dos de las siguientes condiciones:
  • Más del 50% de los emprendedores originales debe tener su domicilio en el país.
  • Por lo menos el 25% de su facturación debe ser cobrada en la Argentina.
  • Por lo menos el 25% de los gastos que hace el emprendimiento debe ser pagado a personas que tienen domicilio en el país.
  • ¿Pueden inscribirse en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor los integrantes del órgano de administración del emprendimiento?

Tampoco pueden inscribirse las personas que están en algunas de las siguientes situaciones:

  • Son empleados del emprendimiento.
  • Integran el órgano de administración de la sociedad controlante del emprendimiento, local o extranjera.
  • Tienen participación directa o indirecta de más del 30% del capital social y votos en el emprendimiento o en su controlante local o extranjera.
  • Tienen el control político del emprendimiento, es decir: la cantidad de votos necesarios para formar su voluntad social, elegir a a los miembros del órgano de administración y tomar decisiones sobre la gestión del emprendimiento.

Además de los casos anteriores, ¿existen otras causas que impiden inscribirse en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor?


Sí.  No pueden inscribirse en el Registro de Instituciones de Capital Emprendor las personas que están en algunas de estas situaciones:

  • Declaradas en quiebra, a menos que se haya dispuesto la continuidad de la explotación.
  • Querelladas o denunciadas penalmente con fundamento en la ley penal tributaria y con pedido fiscal de elevación a juicio.
  • Denunciados o querellados por delitos comunes conectados con el incumplimiento de  obligaciones impositivas propias o de otras personas, que tengan pedido fiscal de elevación a juicio.
  • Personas jurídicas cuyos socios, administradores, directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, etc., hayan sido denunciados o querellados por incumplimiento de  obligaciones impositivas propias o de otras personas, que tengan pedido fiscal de elevación a juicio.
  • Personas que no cumplen con sus obligaciones impositivas y previsionales.
  • Personas que no cumplen con las normas sobre prevención de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas.
  • Si alguna de estas situaciones se produce luego de la inscripción en el registro, será causa para disponer la baja de la inscripción.

 

¿Qué debe contener la Propuesta de Valor?

La Propuesta de Valor necesaria para la inscripción en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor debe contener el desarrollo de los siguientes puntos:

Equipo y experiencia: debe probar experiencia en inversiones en emprendimientos y en el mercado latinoamericano y argentino.  Si la institución realiza esta actividad por primera vez, debe desarrollar la experiencia profesional que tienen las personas humanas que administran o dirigen la institución.


Especialización y tesis de inversión.  En este punto debe describir:
La estrategia de inversión, el destino de los recursos y cuál sera la estrategia para formar, seleccionar y evaluar las oportunidades de inversión.
Establecer el plazo de duración, el período de inversión y sus posibles extensiones.
Cláusulas de control y de gestión.
Honorarios de administración y por resultados, en caso de tenerlos.
Describir la política de inversión con el monto promedio de las inversiones que realizará, la etapa del emprendimiento, montos máximos, montos previstos para futuras rondas de inversión, etc.
Retorno esperado.
Expresar la estrategia de salida y el mecanismo de distribución del resultado de las inversiones entre los inversores.
Modelo de reporte periódico a inversores, con aspectos impositivos, ambientales, sociales, de gobierno, etc.


Red de contactos y asociaciones: probar las alianzas o asociaciones nacionales o internacionales que tenga y que  estén relacionadas con el proceso de inversión.


¿Para qué sirve la Propuesta de Valor?
La Propuesta de Valor es evaluada por la Dirección Nacional de Capital Emprendedor de acuerdo con la Tabla de Evaluación de la Propuesta de Valor que asigna un puntaje que va del 1 al 10. Sólo podrán inscribirse en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor las instituciones que alcancen los 4 puntos.  

BENEFICIOS
¿Qué beneficios tienen los inversores en capital emprendedor?
Si realizan aportes en capital (dinero o activos financieros que se convierten fácilmente en dinero), los inversores en capital emprendedor pueden deducir de su impuesto a las ganancias el 75% de esos aportes hasta el 10% de la ganancia neta por la que deben pagar impuesto a las ganancias en ese ejercicio. Los fondos aportados que superan ese 10% se pueden deducir en los 5 ejercicios fiscales posteriores.
Si el aporte se hace para un emprendimiento en una zona de menos desarrollo y con menor acceso al financiamiento, se puede deducir hasta el 85% del aporte.


¿Cuáles son las zonas de menos desarrollo y con menor acceso al financiamiento?
Las provincias de la Región Norte: Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Santiago del Estero.  


¿Existe algún otro requisito para deducir los aportes del impuesto a las ganancias?
Sí.  Los aportes deben mantenerse por un plazo de 2 años.  Si el inversor pide la devolución de sus aportes antes de ese plazo, debe devolver el monto deducido, más sus intereses. Además, cuando los aportes son hechos por la sociedad controlante del emprendimiento, se deben cumplir requisitos relacionados con la capitalización del emprendimiento.  La sociedad controlante debe tener el 90% de las acciones del emprendimiento.  


¿Puedo tener esos beneficios si hice aportes para un emprendimiento antes de la sanción de esta ley?
Sí. Pueden tener esos beneficios los inversores que hicieron aportes desde el 1 de julio de 2016, siempre que se inscriban en el Registro dentro del plazo de 90 días de la reglamentación de esta ley.  

¿Accedo a esos beneficios a partir de que me inscribo en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor?
La inscripción en el Registro no implica por sí misma autorización para acceder o recibir los beneficios establecidos en la ley.  


FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE CAPITAL EMPRENDEDOR
¿Qué es el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE)?
Es un fideicomiso de administración y financiero para financiar emprendimientos e instituciones de capital emprendedor que estén registrados. El FONDCE también puede financiar a las micro, pequeñas y medianas empresas.  


¿Cómo financia emprendimientos el FONDCE?
Por medio de distintos mecanismos:  

Préstamos.
Aportes no reembolsables para emprendimientos, micro, pequeñas y medianas empresas, instituciones de capital emprendedor e instituciones que ofrecen servicios de aceleración de empresas, siempre que exista una contrapartida de aportes del beneficiario.
Aportes de capital.
Otros instrumentos de financiamiento.


SISTEMA DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO
¿Qué es el Sistema de Financiamiento Colectivo?
Es un régimen especial para fomentar la industria de capital emprendedor por medio del mercado de capitales. Lo controla la Comisión Nacional de Valores.


¿Cómo funciona el Sistema de Financiamiento Colectivo?
Por medio de plataformas de financiamiento colectivo.


¿Qué son las plataformas de financiamiento colectivo?
Son sociedades anónimas autorizadas  y controladas por la Comisión Nacional de Valores.  Tienen que estar inscriptas en un registro. Su finalidad principal es  poner en contacto por medio de portales web u otros medios similares a personas que actúan como inversores con personas que buscan inversores para sus emprendimientos de financiamiento colectivo. Estas sociedades deben incluir en su nombre el término “Plataforma de Financiamiento Colectivo” o la sigla “PFC”.


¿Cómo pueden participar los inversores en el Sistema de Financiamiento Colectivo?
Por medio de:

Acciones de una sociedad anónima o sociedad por acciones simplificada.
Adquisición de préstamos convertibles en acciones de una sociedad anónima o de una sociedad por acciones simplificada.
Participación en un fideicomiso.

¿Qué proyectos de emprendimientos no se pueden presentar en el Sistema de Financiamiento Colectivo?
No pueden participar los proyectos destinados a:

Recaudar fondos con fines benéficos.
Venta directa de bienes o de servicios.
Préstamos que no sean convertibles en acciones de una sociedad anónima o de una sociedad por acciones simplificada.

¿Quién debe aplicar esta ley?
La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción.  


FONDO SEMILLA
¿Qué es el Programa Fondo Semilla?
Es un programa para capacitar y financiar a emprendedores que quieran iniciar un proyecto o potenciar uno ya existente. Está a cargo de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción que dará asistencia técnica y financiera por medio de incubadoras de proyectos.


¿Quiénes pueden participar en el programa?
Emprendedores que presenten proyectos con algunas de estas características:

Potencial de innovación.
Representación provincial o regional.
Representación de la diversidad de los sectores productivos de la República Argentina.
Generación de empleo.
Generación de valor.

¿Qué tipo de asistencia financiera da el Fondo Semilla?
Créditos blandos.
Aportes no reembolsables (ANR).
Otros instrumentos de financiamiento.


CONSEJO FEDERAL DE APOYO A EMPRENDEDORES
¿Qué es el Consejo Federal de Apoyo a Emprendedores?
Es un organismo formado por varios miembros que tiene que definir los objetivos y los mejores instrumentos para promover la cultura emprendedora. Funciona dentro de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción.


¿Quiénes son miembros del Consejo Federal de Apoyo a Emprendedores?
3 representantes del Poder Ejecutivo Nacional: uno del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, otro del Ministerio de Producción y otro del Ministerio de Desarrollo Social.
3 representantes de la Cámara de Diputados y 3 representantes de la Cámara de Senadores. Deben representar a distintas provincias y bloques mayoritarios.
4 representantes de las instituciones de apoyo a la actividad emprendedora en la República Argentina. La representación debe ser federal.
Los miembros del Consejo Federal de Apoyo a Emprendedores no reciben sueldo por sus funciones en el Consejo.  


AUTORIDAD DE APLICACIÓN
¿Quién debe aplicar esta ley?
La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción.